Un claro ejemplo de política pública fue la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual impulsada por el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, pero tuvo dos precedentes importantes:
Juan Domingo Perón promulgó, en el año 1953, la ley 14.241, la primera en materia de radiodifusión. Estaba dirigida a validar las expropiaciones de los medios entre el año 47 y el 49. Duró tan solo dos años, en 1955 la dictadura la anuló argumentando que era monopólica y en el 57 se derogó definitivamente, se devolvieron las licencias que fueron tomadas por el Estado a la red privada.

La segunda ley fue dictada por la Junta Militar del Proceso de Reorganización Nacional en el año 1980. Fue la número 22.285. El artículo principal fue el 45, éste dejaba en claro quién podía ser propietario y quién no. Solamente podía obtener un medio las personas individuales o sociedades comerciales, exceptuando las empresas de periodismo gráfico. No estaban permitidas las organizaciones sin fines de lucro. Además, con un máximo de cuatro licencias por persona, no permitía la concentración. Por lo tanto, el objetivo de dicha ley era tener un sistema de medios controlados por las Fuerzas Armadas bajo el régimen de la Doctrina de la Seguridad Nacional.

Carlos Menem modificó la ley ejecutada por el gobierno de facto a través del decreto 1005/99 y permitió el monopolio. El mapa configurado por cuatro licencias pasó, de un golpe, a 24. Veinte licencias más. La cantidad de las provincias del país. Además, autorizó la creación de redes o cadenas para radio y TV. También habilitó la transferencia de licencias, prohibidas hasta ese momento.

En el 2009, el gobierno de Cristina Fernández promulgó la segunda Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en democracia. La ley número 26.522/09. Declaraba que podían ser propietarios sectores estatales y privados con y sin fines de lucro, dentro del primer grupo se encontraban las universidades, pueblos originarios y la iglesia católica. Las personas físicas tenían como requisitos principales tener su dinero declarado y que no hayan participado de ningún gobierno de facto. A su vez, las personas jurídicas no debían ser dueños de otras empresas.

La ley impulsada impulsaba el contenido local y propio. Tanto la radio como la televisión tenían un requisito mínimo. El primer medio con programación y música autóctona y en el segundo debían pasar, además, películas argentinas.

